Me maravilla
lo candorosos que somos a veces los ciudadanos de este país cuando toca pasar
por alguna de las numerosas cajas públicas en las que pagar nuestros impuestos.
Nos quejamos y criticamos que nos cobren por todo ayuntamientos, cabildos,
gobiernos autónomos y gobierno central pero sacamos la cartera y ni siquiera nos
preguntamos si todo lo que pagamos está sustentado en la lógica más elemental.
Eso sí, en cuanto nos plantean hacer algo para que paguen más los que más
tienen, para que se persiga el fraude y la evasión fiscal y para que los impuestos que
pagamos respondan a criterios razonables enseguida se nos pasa el enfado.
Vaya por
delante que no soy un enemigo de los impuestos, más bien al contrario. Como han
demostrado durante décadas los países escandinavos, un sistema
fiscal progresivo sin recovecos por los que escaquearse es la mejor manera de
conseguir una redistribución lo más justa posible de la riqueza y de favorecer
por tanto la igualdad social. De lo que estoy en contra es de que las
administraciones públicas tomen a los ciudadanos por rehenes y les apliquen
impuestos tan absurdos como el de las plusvalías por la compra venta de
propiedades urbanas sin que importe ni poco ni mucho si ha habido ganancias o
pérdidas en la operación.
“El impuesto
sobre una plusvalía inexistente que han aplicado los ayuntamientos es confiscador y falto de toda lógica”
Tuvo que ser
un ayuntamiento vasco el que advirtiera por primera vez de la posible
inconstitucinalidad en la que estaban incurriendo todos los ayuntamientos de
este país al cobrar por una plusvalía que no se había producido. Ahora ha sido
el propio Tribunal Constitucional el que ha venido a confirmar el despropósito
y la sinrazón de ese impuesto que el legislador tendrá que reformar más pronto
que tarde para adaptarlo a la doctrina del alto tribunal.
Los
ayuntamientos perderán un buen pico con este fallo constitucional que echa por
tierra una importante fuente de ingresos para las arcas municipales. En
cualquier caso, lo que no puede seguir ocurriendo, porque así lo establece la
decisión del Constitucional, es que por la simple titularidad durante un cierto tiempo de una propiedad
urbana el ayuntamiento de turno ya deduzca que se ha obtenido un beneficio en
el momento de la venta y nos aplique el correspondiente impuesto
revolucionario. Eso es sencillamente confiscador y contrario a toda lógica económica
y de la otra como demuestra lo ocurrido con muchas de esas propiedades en
cuanto estalló la burbuja inmobiliaria.
"Deben prepararse los ayuntamientos para hacer frente a las reclamaciones de los ciudadanos"
Deben además
prepararse los ayuntamientos para hacer frente a una posible avalancha de
ciudadanos que, ahora sí, reclamarán que se les devuelva el dinero pagado
indebidamente en concepto de plusvalía. Animándoles a que lo hagan hay ya no
pocos despachos de abogados que han visto en esta decisión del Constitucional
otra buena oportunidad de negocio como ya ocurrió con las preferentes, las
acciones de Bankia o las cláusulas suelo.
Convendría que a quien le corresponda la
responsabilidad se pusiera cuanto antes manos a la obra para adaptar la
regulación de ese impuesto a lo que dice el Constitucional y el sentido común
más elemental que, como demuestra este fallo, no es el más común de los
sentidos si por medio hay dinero fresco. Hay que empezar por dejar bien claro qué
pruebas deben aportar particulares y empresas como las promotoras
inmobiliarias para demostrar que no ha habido enriquecimiento y que por tanto
no ha lugar a aplicar el impuesto. A ver
si en esta ocasión estamos algo más atentos para que los ayuntamientos no
vuelvan a tomarnos por simples paganinis obligados a apoquinar y a callar.
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