Los límites de la libertad de expresión


Tal vez el título de este post extrañe un poco en un tiempo en el que está muy extendida la creencia de que los derechos son absolutos y no deben ir unidos a deberes, como la cara y la cruz de una misma moneda. No me cabe la menor duda de que también la libertad de expresión tiene límites, no todo vale ni todo está permitido en aras de este derecho. El respeto a lo que establecen las leyes sobre el honor o la propia imagen son algunos de esos límites en nuestro país. Cierto que son límites intangibles y difíciles de precisar pero existen. Admito que me adentro en un terreno muy pantanoso pero me niego a aceptar que con invocar el derecho a la libertad de expresión deben removerse todas las barreras que se le interpongan en su camino y quedar libre su ejercicio de cualquier tipo de reproche social o legal. Cuestión distinta es la intensidad de ese reproche en cada caso concreto. 

Me parece excesivo que al rapero mallorquín  se le condene a tres años y medio de cárcel por sus letras ofensivas para la Corona, amenazantes y enaltecedoras del terrorismo. El mal gusto que rezuman sus textos se podía haber zanjado con una sanción o una advertencia, teniendo en cuenta, además, la ausencia de antecedentes. Por otro lado, ordenar, pedir o sugerir la retirada de unas obras de una exposición porque aluden a unos señores a los que se presenta como “presos políticos”, es una supina estupidez de quienes tomaron y ejecutaron esa decisión amparados en un ridículo deseo de no perturbar el conjunto de la exposición. Con ella han terminado haciendo famoso y puede que rico a un artista  del que muy pocos habían oído hablar hasta ahora y a una obra que probablemente no pasará a la historia del arte por su calidad artística. 
Tanto en el caso del rapero mallorquín como en el del autor del montaje artístico me parece evidente el ánimo provocador de ambos, algo por otro lado más antiguo que la pana cuando lo que se pretende es llamar la atención social y sacar la cabeza en un mercado extraordinariamente competitivo. A fe que lo han conseguido los dos gracias a un exceso judicial y a una lamentable torpeza política. Un caso distinto es el del libro “Fariña” del periodista Nacho Carretero, secuestrado judicialmente ahora, tres años después de salir a la venta. El celo de una juez madrileña en defensa de los derechos de un cacique gallego ha disparado las ventas del libro, que se cotiza ya a 300 euros, y ha puesto los dientes largos a una cadena de televisión que ya ha anuncido el adelanto a esta semana de una serie para cuyo estreno aún no tenía fecha: la decisión judicial se la ha proporcionado gratis y camino va de convertir la obra en un best seller. Se trata, en mi opinión, de otra sobreactuación judicial que contiene también con claridad todos los elementos propios de la censura. 

En una sociedad democrática son en último extremos los jueces los encargados de determinar si se ha rebasado la línea roja de la libertad de expresión y se han conculcado otros derechos concurrentes con la misma. Esa línea, imprecisa y muchas veces borrosa, tiene que estar en todo momento lo más lejos posible de cualquier tentación de censura como se aprecia en estos tres casos, distintos entre sí pero unidos por un denominador común: el uso de la libertad de expresión. Estamos ante un derecho que constituye la clave de bóveda de la democracia, lo que no lo convierte sin embargo en absoluto. Por decirlo con palabras de la filósofa y catedrática de Ética de la Universidad de Barcelona, Victoria Camps, “uno no puede decir todo lo que quiera y, por tanto, conviene pensárselo dos veces antes de ofender o sentirse ofendido”. ¿No es de sentido común?

No hay comentarios:

Publicar un comentario